Procedimiento a través del cual se solicita obtención de la tarjeta de armas de la 4ª categoría del reglamento de armas, debidamente cumplimentada y firmada por la persona que lo solicita.
Deberán adjuntar a la solicitud:
Fotocopia del DNI
Factura de compra del arma o documento de certificación expedido por armería donde constará de forma detallada la marca, modelo, número de serie y características del arma, haciendo constar si es de la categoría 4ª-1 ó 4ª-2
Certificado de antecedentes penales.
En el caso de armas lúdico-deportivas de “airsoft” o “paintball”, el interesado en todo caso deberá presentar el arma en armería autorizada, al objeto de troquelar a la misma un número de serie autorizado. La armería expedirá documento justificativo donde constará la marca, modelo, número troquelado, y si la misma es de la categoría 4.1 ó 4.2.
Tras la compra o toma de posesión del arma
Ley Orgánica 2/1986, de 13 marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.
Orden INT/2860/2012, de 27 de diciembre, por la que se determina el régimen aplicable a ciertas armas utilizables en las actividades lúdico-deportivas de airsoft y paintball (B.O.E. nº 5 de 5-1-2013)