Comunicación cambio titularidad de establecimientos públicos de previstos en el Anexo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de Espectáculos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Valenciana.El cambio de titularidad deberá comunicarse en el plazo de UN MES desde que se hubiera formalizado por cualquier medio de los admitidos en Derecho. La comunicación del cambio de titularidad deberá estar suscrita por el transmitente y por el adquirente del establecimiento. En caso contrario, dicha comunicación no tendrá validez para el Ayuntamiento, respondiendo ambos solidariamente por el incumplimiento de esta obligación.
La indicada en la solicitud específica de este procedimiento.
Presentada la comunicación, el Ayuntamiento acusará recibo de la misma. Plazo general máximo de 3 meses
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